2 Análisis especial: transferencias fuera de sitio para disposición final en América del Norte, 2014-2018
2.3 Prácticas de disposición final de residuos y sus posibles impactos
2.3.3 Leyes, reglamentos y directrices para el manejo de residuos industriales y peligrosos
Este apartado presenta una descripción general de acuerdos, leyes, reglamentos y normas nacionales e internacionales relacionados con el manejo y la eliminación o disposición final de residuos industriales y peligrosos en América del Norte.
Acuerdos internacionales
Los tres países de América del Norte han firmado y ratificado diversos convenios, protocolos, acuerdos y otros instrumentos internacionales que contribuyen a rastrear, gestionar y minimizar los impactos ambientales y en la salud humana derivados del manejo inadecuado de las sustancias químicas y los residuos peligrosos. Entre los diversos instrumentos internacionales se incluyen:[38]
- Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, adoptado en 1989 para abordar la problemática —sacada a la luz en la década de 1980— de los residuos tóxicos que se envían a los países en desarrollo para su eliminación. El Convenio de Basilea tiene como objetivos proteger la salud humana y el medio ambiente ante los efectos adversos de los residuos peligrosos; promover la reducción de la generación de residuos peligrosos y la restricción de sus movimientos transfronterizos, y fomentar una gestión ambientalmente racional de estos residuos, independientemente del lugar de eliminación (PNUMA, 2010a). El Convenio de Basilea no ha sido ratificado por Estados Unidos; sin embargo, dado que más de 98% de las importaciones y exportaciones de desechos peligrosos y materiales reciclables peligrosos en América del Norte ocurren entre Canadá y Estados Unidos, ambos países firmaron en 1986 el Acuerdo Canadá-Estados Unidos sobre el Movimiento Transfronterizo de Residuos Peligrosos, con el objetivo de garantizar que dichos movimientos se manejen de manera segura y que los residuos sean enviados a instalaciones debidamente autorizadas en la jurisdicción de importación.[39]
- Convenio de Róterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, cuyo objetivo es establecer un mecanismo de autorización previa a la importación y exportación de sustancias químicas peligrosas y plaguicidas comerciales. Para lograrlo, se busca garantizar que todos los países importadores de tales productos disponen de toda la información necesaria acerca de las características de tales materiales y los riesgos que implica su manejo, a efecto de permitirles decidir —sobre la base del consentimiento informado— qué sustancias químicas en efecto desean recibir y excluir aquellas que no puedan manejar de manera segura, evitando así riesgos a la salud humana y el ambiente (PNUMA, 2010b).
- Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, que tiene por objeto proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos dañinos de los contaminantes orgánicos persistentes (COP), al tiempo de promover las mejores prácticas y tecnologías disponibles para reemplazar a los COP que se utilizan actualmente, y prevenir la creación o desarrollo de nuevos COP gracias al fortalecimiento de las legislaciones e instrumentos nacionales (PNUMA, 2010c).
- Convenio de Minamata sobre el Mercurio, tratado jurídicamente vinculante cuyo objetivo consiste en proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropogénicas de mercurio y sus compuestos. De acuerdo con la clasificación de la OMS, el mercurio es una de las diez sustancias químicas más peligrosas. El Convenio entró en vigor el 16 de agosto de 2017 y, a la fecha, 86 países lo han ratificado (PNUMA, 2021a).
- Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química (FISQ), acuerdo no vinculante por el cual representantes de gobiernos se reúnen, junto con organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, a fin de considerar todos los aspectos relativos a la evaluación y el manejo de las sustancias químicas. El propósito es integrar y consolidar los diversos esfuerzos nacionales e internacionales para contribuir a la consecución de los objetivos del capítulo 19 de la Agenda 21.[40]
- Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional (SAICM, por sus siglas en inglés), cuyo objetivo consiste en lograr un manejo adecuado de las sustancias químicas durante todo su ciclo de vida, de manera que los efectos adversos significativos en la salud humana y el medio ambiente asociados a su producción y utilización se minimicen. Para el logro de este objetivo se vislumbran varias vías, entre las que figura la implementación del Plan de Acción Mundial (PNUMA, 2021b).
Canadá
Ley Canadiense para la Protección del Medio Ambiente
Principal ordenamiento jurídico en materia ambiental en Canadá, la Ley Canadiense para la Protección del Medio Ambiente (Canadian Environmental Protection Act, CEPA) tiene el propósito de proteger el medio ambiente y la salud humana previniendo la contaminación y minimizando los riesgos asociados con la exposición a sustancias químicas potencialmente peligrosas (Gobierno de Canadá, 2021b).
Administrada por el ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático (Environment and Climate Change Canada, ECCC), en conjunto con el ministerio de Salud (Health Canada), la CEPA proporciona al gobierno de Canadá múltiples herramientas y disposiciones reglamentarias para proteger el medio ambiente y la salud humana, entre las que se incluye el establecimiento de directrices estrictas para el manejo de sustancias clasificadas como tóxicas en términos de la propia ley. En términos de la CEPA, corresponde a la División de Reducción y Manejo de Residuos (Waste Reduction and Management Division) de ECCC supervisar la reglamentación relacionada con la importación y exportación de residuos peligrosos y materiales reciclables peligrosos; la exportación de residuos que contienen bifenilos policlorados (BPC), y el movimiento interprovincial de residuos peligrosos (Gobierno de Canadá, 2016a).[41]
Los titulares de los ministerios de Medio Ambiente y Cambio Climático y de Salud son, ambos, responsables de integrar una lista de sustancias que deben evaluarse de manera oportuna para determinar si son —o pueden volverse— tóxicas. Las sustancias de preocupación se agregan a la Lista de Sustancias Prioritarias (Priority Substances List, PSL), con el requisito de ser evaluadas dentro de los cinco años posteriores a su inclusión en la lista. Asimismo, se recomienda que las sustancias consideradas tóxicas se agreguen a la Lista de Sustancias Tóxicas (TSL, por sus siglas en inglés), también denominada Lista del Apéndice 1 (Schedule 1 substances), tras lo cual han de tomarse en cuenta e implementarse las correspondientes acciones preventivas o de control —incluidos reglamentos, directrices o códigos de práctica— en lo concerniente a todos los aspectos del ciclo de vida de cada sustancia: desde la investigación y etapa de desarrollo hasta la fabricación, uso, almacenamiento, transporte y disposición final o reciclaje. La eliminación virtual de determinadas sustancias también puede proponerse en virtud de la sección 65(3) de la CEPA (Gobierno de Canadá, 2016b).
En lo concerniente a los sectores productivos de la economía, las responsabilidades del gobierno federal incluyen promover la prevención de la contaminación, buscando evitar las emisiones contaminantes y reducir los costos no-económicos del tratamiento y disposición de residuos. Esto entraña el manejo y control de sustancias enumeradas en el Apéndice 1. Las disposiciones sobre cumplimiento en conformidad con CEPA estipulan que cuando una sustancia se libera en contravención de la Ley —o cuando existe la probabilidad de su liberación—, la persona o entidad responsable debe tomar todas las medidas de emergencia razonables para prevenir la liberación, incluso si aún no ha ocurrido; para remediar cualquier condición peligrosa, o bien para reducir cualquier peligro para el medio ambiente y la vida o la salud humanas que resulte —o se anticipe resultará— de la liberación de la sustancia (Gobierno de Canadá, 2019a).
Las secciones 46-53 de la CEPA definen las actividades relativas a la recopilación de información relacionada, lo que incluye la elaboración de inventarios de emisiones como el Inventario Nacional de Emisiones de Contaminantes (National Pollutant Release Inventory, NPRI). Establecido en 1993, este inventario público de emisión, eliminación y transferencia rastrea alrededor de 320 contaminantes de más de 7,000 instalaciones en un amplio abanico de sectores de fabricación, así como minas, operaciones de extracción de petróleo y gas, plantas de energía y plantas de tratamiento de aguas residuales.
Características del NPRI de CanadáActividades y sectores industriales cubiertos: Todo establecimiento que fabrique o utilice una sustancia química listada, excepto las actividades eximidas (por ejemplo, investigación, reparación, venta al menudeo, agricultura y silvicultura). Toda instalación que emita contaminantes atmosféricos de criterio (CAC) al aire en cantidades específicas.
Número de contaminantes sujetos a registro: Más de 320 contaminantes o grupos de contaminantes.[42]
Umbral de empleo: Por lo general, diez o más empleados. Para determinadas actividades, como la incineración de residuos y el tratamiento de aguas residuales, no se aplica el umbral de diez empleados.
Umbrales de “actividad” (fabricación, proceso u otro uso) o de emisión de contaminantes: Umbrales de “actividad” de 10,000 kg para la mayoría de las sustancias químicas. Umbrales más bajos para algunos contaminantes como sustancias tóxicas persistentes y bioacumulables (STPB), hidrocarburos aromáticos policíclicos, dioxinas y furanos, y CAC.
Tipos de emisiones y transferencias cubiertas: Emisiones en sitio al aire, el agua y el suelo; eliminación o disposición final en sitio (incluida la inyección subterránea); transferencias fuera de sitio para eliminación, tratamiento previo a la eliminación (incluidas descargas al alcantarillado), reciclaje y recuperación de energía.
Otra información registrada: Los establecimientos pueden presentar información relativa a sus planes y actividades de prevención de la contaminación.
Ley de Pesca
Las nuevas disposiciones de la Ley de Pesca (Fisheries Act) canadiense, incluidas protecciones para los peces y su hábitat en forma de estándares, códigos de práctica y directrices para la realización de proyectos cercanos a cuerpos de agua, entraron en vigor en 2019. El ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático de Canadá (ECCC) es la dependencia federal responsable de administrar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de prevención de la contaminación de esta ley, que prohíben el depósito (es decir, la descarga, pulverización, liberación, derrame, fuga, filtración, emisión, vaciado, vertido o colocación) de sustancias nocivas en aguas frecuentadas por peces. La Ley de Pesca define las sustancias nocivas como:
“…toda sustancia que, si se agrega a cualquier tipo o cuerpo de agua, tendría un efecto directo —o formaría parte de un proceso— de degradación o alteración de la calidad de esa agua, de modo que se vuelva —o pueda volverse— perjudicial para los peces o el hábitat de los peces o para el uso humano…” (Gobierno de Canadá, 2021c).
ECCC hace cumplir las disposiciones de la Ley de Pesca para la prevención de la contaminación a través de inspecciones, recopilación de pruebas de presuntas violaciones y otras acciones de aplicación de la legislación apropiadas (Gobierno de Canadá, 2021d). Además, conforme a la Ley sobre el Control de la Aplicación de la Legislación Ambiental (Environmental Enforcement Act, EEA), se requiere llevar un registro de corporaciones que incurran en incumplimiento con ciertas leyes ambientales y de vida silvestre, incluidas las disposiciones de prevención de la contaminación de la Ley de Pesca. Los pagos de multas obtenidos como consecuencia de tales infracciones se abonan al Fondo de Daños Ambientales (Environmental Damages Fund) y sirven para financiar proyectos prioritarios de restauración o rehabilitación medioambiental, así como de conservación de la vida silvestre y los hábitats (Gobierno de Canadá, 2021e).
Ley sobre Evaluación del Impacto Ambiental
La Ley sobre Evaluación del Impacto Ambiental (Impact Assessment Act, IAA), en vigor a partir de 2019 (en reemplazo de la Ley Canadiense de Evaluación Ambiental [Canadian Environmental Assessment Act, CEAA] de 2012), creó la Agencia de Evaluación de Impacto de Canadá (Impact Assessment Agency of Canada, IAAC), dependencia federal con un amplio mandato y responsabilidades como la única entidad a cargo de las evaluaciones de impacto ambiental y también de la coordinación de consultas con comunidades indígenas en lo relativo a posibles proyectos de gran envergadura. Así, la IAAC es responsable de evaluar los impactos ambientales, económicos, sociales y de salud —positivos y negativos— de todo proyecto importante que se planee realizar (Gobierno de Canadá, 2021f).
Entre las actividades sujetas a evaluaciones de impacto ambiental en términos de la IAA se encuentran la construcción, operación, desmantelamiento y abandono de instalaciones utilizadas exclusivamente para el tratamiento, incineración, disposición final o reciclaje de residuos peligrosos, así como la expansión de dichas instalaciones en los casos en que la ampliación entrañe un aumento de 50% o más en la capacidad de operación y procesamiento de residuos peligrosos.[43]
Además de negociar los acuerdos internacionales relacionados con productos químicos y residuos, el gobierno federal se encarga de regular los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y materiales reciclables peligrosos. Las condiciones relativas a la exportación e importación de dichos residuos y materiales están establecidas en el Reglamento sobre la Exportación e Importación de Residuos Peligrosos y Materiales Reciclables Peligrosos (Export and Import of Hazardous Waste and Hazardous Recyclable Material Regulations, EIHWHRMR)[44] (Gobierno de Canadá, 2021g). Por su parte, las autoridades provinciales, territoriales y municipales están a cargo de regular el tratamiento, almacenamiento y disposición final de los residuos peligrosos al interior de sus propias jurisdicciones.
Esta autoridad compartida entre los ámbitos federal, por un lado, y provincial, territorial y municipal, por el otro, respecto de la gestión de residuos peligrosos en Canadá añade complejidad a la tarea. Si bien existen reglamentación y normas federales avanzadas en la materia, las operaciones y actividades de manejo de residuos peligrosos son atributo de autoridades provinciales, territoriales y municipales y, por ende, la normativa que las regula puede ser muy diferente de una jurisdicción a otra en todo el país. Con todo, cabe señalar que una entidad clave por medio de la cual los gobiernos federal y provinciales o territoriales colaboran con miras a proteger el medio ambiente y la salud de los canadienses es el Consejo Canadiense de Ministros de Medio Ambiente (Canadian Council of Ministers of the Environment, CCME), establecido en 1964 e integrado por los ministros de medio ambiente de los gobiernos federal, provinciales y territoriales. El CCME ha elaborado directrices nacionales para el tratamiento, almacenamiento y disposición final de los residuos peligrosos y materiales reciclables peligrosos, así como directrices para la operación de instalaciones de incineración, sitios de confinamiento y procesos de tratamiento físico, químico y biológico de estas sustancias.[45]
Otras autoridades federales involucradas en la regulación y control de contaminantes incluyen la Agencia Canadiense de Inspección de los Alimentos (Canadian Food Inspection Agency, CFIA), que regula los biosólidos municipales que se importan o venden en Canadá como fertilizantes o suplementos del suelo, con estándares que buscan garantizar su seguridad con respecto al contenido de metales traza, dioxinas y furanos, y patógenos (CCME, 2012).
México
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA)
El marco normativo ambiental de México tiene como eje rector la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA). Este instrumento contiene lineamientos en materia de ordenamiento ecológico, impacto ambiental, biodiversidad, flora y fauna, áreas naturales protegidas, autorregulación y fiscalización ambiental, materiales y residuos peligrosos, y prevención y control de la contaminación de aire, agua y suelo (DOF, 1988). La LGEEPA define el manejo de residuos peligrosos como un conjunto de operaciones que incluyen el almacenamiento, la recolección, el transporte, el alojamiento, el reúso, el tratamiento, el reciclaje, la incineración y la disposición final de tales residuos peligrosos. Todas estas actividades deben contar con la debida autorización por parte de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR), dependencia que identifica distintas modalidades para el manejo de residuos peligrosos – entre las que se incluyen el tratamiento físico, químico o biológico; la incineración, y la disposición en el subsuelo mediante inyección subterránea profunda.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR)
En México, la gestión de los residuos sólidos, de manejo especial, y peligrosos está determinada por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), su reglamento y las normas relacionadas. En tales instrumentos se definen los lineamientos para realizar un manejo integral de los residuos —desde su generación hasta la disposición final— en condiciones de seguridad. Algunas de las disposiciones de la LGPGIR (DOF, 2003) y su reglamento para el manejo de residuos peligrosos (DOF, 2006) se describen en el cuadro 11.
Cuadro 11. Disposiciones jurídicas para el manejo de residuos peligrosos en México
Fuentes: DOF, 2003 y 2006.
Normas oficiales mexicanas
Las normas oficiales mexicanas (NOM) establecen cuáles residuos se clasifican como peligrosos; definen los límites de concentración de las sustancias tóxicas contenidas en ellos, y prescriben el manejo científica y experimentalmente fundamentado que debe dárseles, con base su peligrosidad (DOF, 2003). La NOM-052-Semarnat-2005 determina las características de los residuos peligrosos, al igual que los procedimientos para su identificación y clasificación, e integración de los listados correspondientes. Otras normas relacionadas con la gestión de residuos peligrosos incluyen:
- NOM-054-Semarnat-1993, Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos;
- NOM-055-Semarnat-2003, Que establece los requisitos que deben reunir los sitios que se destinarán para un confinamiento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados;
- NOM-058-Semarnat-1993, Que establece los requisitos para la operación de un confinamiento controlado de residuos peligrosos, y
- NOM-145-Semarnat-2003, Confinamiento de residuos en cavidades construidas por disolución en domos salinos geológicamente estables.
Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
El Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes establece el correspondiente sistema o programa mexicano de registro RETC, como instrumento único para recopilar y difundir la información sobre: a) la liberación de sustancias listadas en la NOM-165-Semarnat-2013 al aire, al suelo y cuerpos de agua nacionales (emisiones), y b) el traslado de residuos peligrosos para reúso, reciclado, coprocesamiento, tratamiento o disposición final, o bien su descarga al alcantarillado en forma de aguas residuales (transferencias) por parte de los establecimientos sujetos a registro (Semarnat, 2021). Los datos que se declaran al RETC han de integrarse con otros datos e información contenida en autorizaciones, cédulas, informes, registros, licencias, permisos y concesiones que en materia ambiental se tramiten ante la Semarnat o autoridades competentes, como los gobiernos de la Ciudad de México, los estados y, en su caso, los municipios (DOF, 2004).
Características del RETC de MéxicoActividades y sectores industriales cubiertos: Establecimientos industriales (fuentes fijas) pertenecientes a once sectores bajo jurisdicción federal, por cuanto a emisiones a la atmósfera: petróleo, industria química y petroquímica, pinturas y tintas, metalurgia (hierro y acero), fabricación de automóviles, celulosa y papel, cemento y cal, asbesto, vidrio, centrales eléctricas y manejo de residuos peligrosos. También, plantas con las siguientes actividades sujetas a jurisdicción federal:
- grandes generadores de residuos peligrosos (diez toneladas o más), si los residuos transferidos contienen sustancias RETC en cantidades iguales o superiores al umbral de registro;
- establecimientos que descarguen aguas residuales a cuerpos de agua nacionales, si dichas descargas contienen sustancias RETC en cantidades iguales o superiores al umbral de registro.
Número de contaminantes sujetos a registro: 200 contaminantes o grupos de contaminantes.[46]
Umbral de empleo: No se aplica.
Umbrales de “actividad” (fabricación, proceso u otro uso) o de emisión de contaminantes: Umbrales de emisión y de “actividad” para cada contaminante (los establecimientos deben declarar si alcanzan o exceden cualquiera de los umbrales). Salvo para los gases de efecto invernadero (GEI), los umbrales de emisión varían de 1 a 1,000 kg y los de “actividad”, de 5 a 5,000 kilogramos. Todas las emisiones de bifenilos policlorados y hexafluoruro de azufre, al igual que toda emisión o actividad con dioxinas y furanos, deben registrarse.
Tipos de emisiones y transferencias cubiertas: Emisiones en sitio al aire, el agua y el suelo; transferencias fuera de sitio para eliminación o disposición final, reciclaje, reutilización, recuperación de energía, tratamiento, coprocesamiento, (insumo en otro proceso de producción) y descargas al alcantarillado.
Otra información registrada: Los establecimientos pueden presentar información relativa a sus actividades de prevención de la contaminación en sitio (por ejemplo, reutilización, reciclaje, recuperación de energía, tratamiento o control).
El instrumento para registrar y recopilar la información anual sobre emisiones y transferencias de contaminantes, y con base en el cual se actualiza la base de datos del RETC, es la Cédula de Operación Anual (COA). Utilizan la COA sectores e instalaciones de jurisdicción federal generadores de residuos peligrosos, así como instalaciones que descargan aguas residuales en cuerpos receptores que constituyen “aguas nacionales” (DOF, 2004). Además de los datos RETC (contenidos en la sección V), la COA contiene también información sobre los procesos, insumos, productos, subproductos y consumo de energía de una planta industrial, junto con datos acerca de la generación, transferencia y gestión de sus residuos peligrosos.
La Dirección General de Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (DGCARETC), de la Semarnat, es la dependencia responsable de integrar y difundir la información del RETC, así como de definir e implementar la COA. Por su parte, a la DGGIMAR le corresponde la expedición, suspensión o revocación de autorizaciones para el manejo y traslado de materiales y residuos peligrosos, así como para su recolección, transporte, tratamiento y otros servicios de remediación. La cooperación entre ambas direcciones generales se requiere a fin de garantizar la disponibilidad de información clara y uniforme relativa tanto a la COA como a los registros de autorización, misma que se utiliza para poblar los datos del RETC. Ahora bien, las discrepancias que llegan a encontrarse en la base de datos del RETC pueden obedecer a que el manejo y la disposición final de residuos peligrosos en ocasiones se contratan con terceros autorizados. En tales casos, la responsabilidad del generador respecto de los residuos se transfiere también a dichos terceros, quienes se vuelen los responsables de solicitar a la DGGIMAR las autorizaciones correspondientes para sus operaciones de manejo de residuos.[47]
Como complemento del RETC y la COA, un elemento clave para la gestión de los residuos es el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, instrumento de gestión ambiental diseñado para que los particulares involucrados en la generación de residuos peligrosos reduzcan sus volúmenes, procurando aprovechar al máximo el valor de los materiales reutilizables, reciclables o susceptibles de utilización como combustible alterno, y con ello disminuir la demanda de procesos de tratamiento, confinamiento o eliminación (disposición final) de los residuos generados. Entre los sujetos obligados a la formulación y ejecución de planes de manejo se incluyen los productores, importadores, exportadores y distribuidores de productos que, al desecharse, se convierten en residuos peligrosos en conformidad con las fracciones I a XI del artículo 31 de la LGPGIR, a saber: aceites lubricantes usados; solventes orgánicos usados; convertidores catalíticos de vehículos automotores; acumuladores (baterías) de vehículos automotores con contenido de plomo; baterías eléctricas (pilas) a base de mercurio o de níquel-cadmio; lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio; aditamentos que contienen mercurio, cadmio o plomo; fármacos; plaguicidas y sus envases, o empaques que contengan remanentes de los mismos (DOF, 2006).
En el caso del sector de extracción de petróleo y gas, la Agencia de Seguridad, Energía y Medio Ambiente (ASEA), dependiente de la Semarnat, es la autoridad reguladora a cargo de la planificación estratégica. Esta dependencia es responsable de la interpretación y aplicación de las leyes y demás disposiciones legales que regulan el funcionamiento del sector; por ejemplo, en lo relativo a la seguridad de las operaciones y actividades de transporte y distribución de hidrocarburos y otros productos petrolíferos. La ASEA también realiza acciones de inspección y vigilancia.[48]
Por su parte, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) monitorea el otorgamiento de permisos y el cumplimiento de los sectores industrial y comercial en relación con las leyes y reglamentos sobre calidad del agua. La Conagua también monitorea los siguientes parámetros o indicadores en materia de agua: demanda bioquímica de oxígeno (DBO), demanda química de oxígeno (DQO), sólidos suspendidos totales (SST), coliformes fecales (CF), Escherichia coli y enterococos, entre otros.
Además, la Conagua es responsable de supervisar la implementación de las siguientes normas relativas a la protección de la calidad del agua:
- NOM-001-Semarnat-2021, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación;
- NOM-002-Semarnat-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal;
- NOM-003-Semarnat-1997, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes para aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios al público, y proporciona pautas para la aplicación de biosólidos en suelos (con fines de biorremediación), y
- NOM-004-Semarnat-2002, Protección ambiental: lodos y biosólidos, especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes para su aprovechamiento y disposición final.[49]
Estados Unidos
Ley para el Control de Sustancias Tóxicas
La Ley para el Control de Sustancias Tóxicas (Toxic Substances Control Act, TSCA) confiere a la EPA jurisdicción respecto de los requisitos para el registro, seguimiento, realización de pruebas y restricción en materia de sustancias químicas y sus mezclas. Si bien los alimentos, fármacos, cosméticos y plaguicidas quedan fuera del alcance de esta ley, la TSCA se ocupa de la producción, importación, uso y eliminación de compuestos químicos específicos (por ejemplo, bifenilos policlorados y asbestos). Las disposiciones de la TSCA se relacionan, entre otros elementos, con: a) la notificación de nuevas sustancias químicas, previa a la manufactura; b) la realización de pruebas (por parte de productores, importadores y procesadores) para sustancias químicas en relación con las cuales se han identificado riesgos o preocupaciones por cuanto a exposición; c) el mantenimiento de un inventario de más de 83,000 sustancias químicas regidas por la TSCA, y d) la certificación y requisitos de registro de exportaciones e importaciones de productos químicos (EPA 2022a).
Ley Integral de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambientales
La Ley Integral de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambientales (Comprehensive Environmental Response, Compensation, and Liability Act, CERCLA), también conocida como Ley del Superfondo (Superfund), establece los lineamientos y financiamiento para la eliminación de residuos peligrosos y la limpieza de sitios de confinamiento abandonados o sin los controles necesarios, así como accidentes, derrames y otros contaminantes liberados al medioambiente en percances y situaciones de contingencia (EPA 1994).
Ley sobre Conservación y Recuperación de Recursos
En Estados Unidos, los residuos industriales peligrosos están regulados en términos de la Ley sobre Conservación y Recuperación de Recursos (Resource Conservation and Recovery Act, RCRA), promulgada en 1976. La RCRA determina qué sustancias se clasifican como residuos peligrosos, así como los tipos de eliminación o disposición final permisibles para cada caso. Asimismo, en conformidad con las disposiciones de la RCRA, se mantiene información acerca de sitios específicos de generación y eliminación o disposición final de residuos.
Las disposiciones relativas a la identificación, clasificación, generación, manejo y eliminación de residuos peligrosos se encuentran en las partes 148 y 260-273 del título 40 del Código de Reglamentos Federales (Code of Federal Regulations, CFR), mismas que incluyen listas relacionadas con la identificación de residuos peligrosos; aluden a las normas que deben observar los generadores y transportistas de residuos peligrosos, así como los propietarios y operadores de instalaciones para su tratamiento, almacenamiento y disposición final, y establecen estándares para los programas de manejo de residuos peligrosos y correspondientes autorizaciones a nivel estatal (CFR, 2020).
El cuadro 12 resume las principales disposiciones que rigen la eliminación de residuos peligrosos en Estados Unidos.
Cuadro 12. Disposiciones jurídicas para la eliminación de residuos peligrosos en Estados Unidos
Fuente: CFR, título 40, partes 148-273.
[50]
[51]
Ley sobre Planificación de Contingencias Ambientales y Derecho a la Información
La Ley sobre Planificación de Contingencias Ambientales y Derecho a la Información (Emergency Planning and Community Right-to-Know Act, EPCRA) dispone que las empresas están obligadas a informar sobre sus inventarios de sustancias químicas peligrosas y emisiones tóxicas, así como a registrar sus emisiones y transferencias en el Inventario de Emisiones Toxicas (Toxics Release Inventory, TRI), que publica anualmente datos relativos a más de 700 sustancias químicas (y 33 categorías químicas). La reglamentación aplicable a los establecimientos industriales estadounidenses está incluida en las partes 355, 370 y 372 del título 40 del CFR (EPA 1994).
Características del TRI de Estados UnidosActividades y sectores industriales cubiertos: Plantas manufactureras, instalaciones federales, centrales eléctricas (a base de petróleo o carbón), minería de carbón y metales, plantas de manejo de desechos peligrosos y recuperación de solventes, mayoristas de sustancias químicas, y terminales de petróleo a granel.
Número de contaminantes sujetos a registro: Más de 700 contaminantes individuales y 33 grupos de contaminantes.[52]
Umbral de empleo: Diez o más empleados de tiempo completo o su equivalente en horas.
Umbrales de “actividad” (fabricación, proceso u otro uso) o de emisión de contaminantes: Umbrales de “actividad” de 25,000 lbs (alrededor de 11,340 kg), con umbral de “otros usos” de 10,000 lbs (alrededor de 5,000 kg); umbrales más bajos para algunas sustancias, como las tóxicas persistentes y bioacumulables (STPB) y dioxinas y furanos.
Tipos de emisiones y transferencias cubiertas: Emisiones en sitio al aire, el agua y el suelo, así como inyección subterránea en sitio; transferencias fuera de sitio para eliminación o disposición final, reciclaje, recuperación de energía, tratamiento y descargas al alcantarillado.
Otra información registrada: Para cada sustancia química notificada, las instalaciones deben proporcionar un desglose de los residuos químicos derivados de la producción; un coeficiente de producción o índice de actividad para brindar contexto a las cantidades registradas, e información sobre toda actividad de reducción en la fuente recientemente implementada. Las instalaciones también pueden presentar información adicional sobre sus actividades de reciclaje o control de la contaminación.
Con apego a la EPCRA, las plantas industriales tienen que proveer es un estimado anual de sus emisiones y transferencias por cada compuesto químico sujeto a registro en el programa RETC estadounidense. Muchos de los establecimientos basan sus estimados en la misma información que deben registrar en conformidad con otras disposiciones reglamentarias aplicables. Como se muestra en la figura 12, cada uno de los programas, normas y reglamentos aplicables a los distintos sectores industriales en Estados Unidos permite recabar datos que puede servir como complemento a los registrados en el TRI; así, tales instrumentos constituyen fuentes importantes de información con respecto al uso, manejo o disposición final de otras sustancias no incluidas en el TRI.
Figura 12. Esquema de normas y reglamentos aplicables a los sectores industriales en Estados Unidos
Fuente: EPA (2022b), “TRI and Beyond”, Agencia de Protección Ambiental, 2 de marzo de 2022.
Ley de Aire Limpio
En conformidad con las enmiendas realizadas a la Ley de Aire Limpio (Clean Air Act, CAA), la EPA debe publicar la reglamentación y guías pertinentes para la prevención de accidentes químicos en instalaciones que usan ciertas sustancias peligrosas (EPA, 2018b). Así, por ejemplo, los establecimientos han de contar con un Plan de Gestión de Riesgos (Risk Management Plan, RMP) en el que se identifiquen los posibles efectos de un accidente químico, así como las medidas que está tomando la instalación para su prevención, y se detallen los procedimientos de respuesta de emergencia en caso de que ocurra un accidente (EPA, 2018b). También, en términos de la sección 129 de la CAA, la EPA debe formular y adoptar estándares y límites de emisión respecto de nueve contaminantes —cadmio, monóxido de carbono, cloruro de hidrógeno, plomo, mercurio, óxidos de nitrógeno, partículas, dioxinas y furanos, y dióxido de azufre— para las unidades de incineración de residuos hospitalarios, médicos e infecciosos.
Ley de Agua Limpia
La Ley de Agua Limpia (Clean Water Act, CWA) regula las descargas de contaminantes en las aguas de Estados Unidos, además de establecer los estándares de calidad aplicables a las aguas superficiales. En conformidad con la CWA, la EPA ha implementado programas de control de la contaminación y establecido estándares en materia de aguas residuales de cumplimiento obligatorio por parte de la industria. Asimismo, ha establecido las concentraciones máximas permitidas y prácticas adecuadas de manejo de los contaminantes, entre otros requerimientos que las instalaciones industriales deben cumplir (EPA, 2021a). La sección 405(d) de la CWA requiere que la EPA revise al menos cada dos años la reglamentación aplicable en materia de lodos derivados del tratamiento de aguas residuales; el propósito de esta revisión bienal es identificar cualesquiera contaminantes tóxicos adicionales y promulgar las disposiciones reglamentarias necesarias, en conformidad con los requisitos establecidos.
El programa de permisos del Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (National Pollutant Discharge Elimination System, NPDES) regula —en términos de la CWA— las fuentes puntuales que descargan contaminantes en los cuerpos de agua de Estados Unidos. El sistema NPDES establece límites y condiciones de descarga aplicables a fuentes industriales y comerciales, con limitaciones específicas basadas en el sector y tipo de actividad que genera la descarga. Asimismo, estipula directrices y estándares a efecto de controlar las descargas de sustancias tóxicas y, con ello, limitar los efluentes contaminantes (EPA, 2021g).
Ley de Agua Potable Segura
La Ley de Agua Potable Segura (Safe Drinking Water Act, SDWA) establece un marco para el programa de Control de Inyección Subterránea (Underground Injection Control, UIC), con disposiciones reglamentarias respecto de la construcción, operación, permisos y cierre de pozos de inyección (que, como se mencionó anteriormente, están regulados por la RCRA) a fin de garantizar que los residuos inyectados no pongan en peligro las fuentes subterráneas de agua potable. Si bien la formulación de los requisitos UIC para la protección de las fuentes subterráneas de agua potable de la posible contaminación generada por las actividades de inyección subterránea corresponde a la EPA, esta dependencia ha aprobado “estatus de primacía” (es decir, autoridad) para treinta y un estados y tres territorios en relación con pozos de inyección subterráneos clases I, II, III, IV y V. El principal medio de que disponen la EPA y las autoridades estatales competentes para controlar el cumplimiento del programa UIC es la inspección de las condiciones y permisos en los sitios de inyección. (EPA, 2016c).