Cacería de focas
Código de identificación de la petición: SEM-07-003
Parte: Canadá
Fecha de la petición: 26 de junio de 2007
Situación actual: Cerrada
Última actualización: 6 de septiembre de 2007
El Secretariado determinó que la petición revisada no cumplía con los criterios del artículo 14(1) y dio por terminado el proceso conforme a la directriz 6.3.
Resumen del asunto referido en la petición:
Los Peticionarios aseveran que el gobierno de Canadá está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental respecto de la cacería anual de focas arpa que se realiza durante la primavera, en el Golfo de San Lorenzo y frente a la costa de Terranova y Labrador, Canadá.
En la petición, los Peticionarios aseveran que Canadá, en particular el Departamento de Pesca y Océanos, está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva del artículo 2(1) de la Ley Canadiense de Protección Ambiental y del preámbulo de la Ley de Océanos al no aplicar el principio precautorio durante el establecimiento de la cuota anual para la caza de focas arpa, y al permitir que durante cuatro de los últimos cinco años se excediera tal cuota. Los Peticionarios sostienen además que la vasta mayoría de los cazadores no siguen al pie de la letra las disposiciones legislativas que prescriben los instrumentos y métodos para matar focas (artículos 28 y 29 del Reglamento de Mamíferos Marinos adoptado en conformidad con la Ley de Pesca federal). Según los Peticionarios, esto demuestra que las autoridades han tenido una falta de aplicación efectiva de estas disposiciones y de la sección del Código Criminal que prohíbe causar sufrimiento innecesario a los animales (446.1).
Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:
Artículo 2(1) de la Ley Canadiense de Protección Ambiental y del preámbulo de la Ley de Océanos.
Peticionario(s):
Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA), Conservación de Mamíferos Marinos de México, A.C. (COMARINO) y Humane Society International (petición revisada)
Cronograma de la petición
El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.
Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 04/07/2007
Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 25/06/2007
El Secretariado notificó a los peticionarios que la petición no cumplía con todos los criterios del artículo 14(1) y que tenían 60 días para presentar una petición revisada.
Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 13/07/2007
El Secretariado recibió una petición revisada y la comenzó a analizar.
Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 28/08/2007
Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 23/08/2007
El Secretariado determinó que la petición revisada no cumplía con los criterios del artículo 14(1) y dio por terminado el proceso conforme a la directriz 6.3.
Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 06/09/2007