Petición

AAA Packaging

Código de identificación de la petición: SEM-01-002
Parte: Canadá
Fecha de la petición: 12 de abril de 2001
Situación actual: Cerrada

Última actualización: 24 de mayo de 2001

Transcurrieron 30 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara al artículo 14(1). Por lo tanto, conforme a la directriz 6.2, el proceso terminó.

Resumen del asunto referido en la petición:

Los Peticionarios afirman que el gobierno de Canadá no está cumpliendo con la obligación prescrita en el artículo 2(3) del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), en lo que se refiere a que “cada una de las Partes examinará la posibilidad de prohibir la exportación a territorio de otras Partes de pesticidas o de sustancias tóxicas cuyo uso esté prohibido en su propio territorio. Cuando una Parte adopte una medida que prohíba o limite de manera rigurosa el uso de dicha sustancia en su territorio, lo notificará a las otras Partes, ya sea directamente o a través de una organización internacional pertinente”. Los Peticionarios aseveran que Canadá no ha emitido una orden de prohibición o suspensión judicial que detenga las exportaciones a Estados Unidos de productos con nitrato de isobutil —una “sustancia peligrosa prohibida”, de acuerdo con los Peticionarios—llevadas a cabo por AAA Packaging. Los Peticionarios señalan que dicha exportación ilegal la dio a conocer Rick Ouston, reportero del Vancouver Sun, en una serie de artículos publicados en enero de 2001.

Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:

Artículo 2(3) del ACAAN

Peticionario(s):

Nombres retenidos conforme al articulo 11(8)(a)

Cronograma de la petición

12 de abril de 2001

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Petición - Petición
Autor: Canadá Fecha: 09/04/2001

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 18/04/2001

24 de abril de 2001

El Secretariado notificó a los peticionarios que la petición no cumplía con todos los criterios del artículo 14(1) y que tenían 60 días para presentar una petición revisada.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 24/04/2001

24 de mayo de 2001

Transcurrieron 30 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara al artículo 14(1). Por lo tanto, conforme a la directriz 6.2, el proceso terminó.