Desarrollo residencial en San Cristóbal de las Casas
Código de identificación de la petición: SEM-23-001
Parte: México
Fecha de la petición: 11 de enero de 2023
Situación actual: Cerrada
Última actualización: 13 de abril de 2023
Transcurrieron 60 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara a los artículos 24.27(2) y (3). Por lo tanto, el proceso terminó.
Resumen del asunto referido en la petición:
En la petición SEM-23-001 (Desarrollo residencial en San Cristóbal de las Casas), el Peticionario afirma que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental para proteger los recursos forestales y la avifauna, incluida una especie en peligro de extinción, en relación con proyectos de desarrollo urbano en un área de conservación ambiental en las inmediaciones de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México.
El Peticionario asevera que México está incurriendo en omisiones en la protección de numerosas especies de colibríes, entre las que destacan el colibrí garganta rubí (Archilochus colubris), el colibrí oreja violeta u orejiazul (Colibri thalassinus), el colibrí pardo (Colibri delphinae) y el colibrí barbinegro (Archilochus alexandri), junto con otras especies de aves, como el cucarachero barranquero (Catherpes mexicanus) y el momoto garganta azul (Aspatha gularis), esta última en peligro de extinción. El Peticionario afirma, en específico, que las autoridades mexicanas están omitiendo la observancia de disposiciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y numerosas leyes federales orientadas a la evaluación de impactos ambientales, la conservación de los recursos forestales y la protección del medio ambiente. A decir del Peticionario, la falta de reglamentación y las irregularidades observadas en los proyectos de vivienda y desarrollo urbano en un área de conservación suponen una amenaza para el hábitat y la supervivencia de estas especies aviarias.
Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:
Además de algunos instrumentos jurídicos de alcance internacional, el Peticionario cita diversos instrumentos nacionales, entre los que se incluyen: la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), la Ley General de la Vida Silvestre (LGVS) y la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA).
Peticionario(s):
En conformidad con el artículo 16(1)(a) del ACA, la identidad de quien presentó la petición se mantiene confidencial.
Cronograma de la petición
El Secretariado comenzó a revisar la petición en conformidad con los artículos 24.27(2) y (3) del T-MEC.
Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 11/01/2023
Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 11/01/2023
El Secretariado notificó a los peticionarios que la petición no cumplía con todos los criterios de los artículos 24.27(2) y (3), y que contaban con 60 días para presentar una petición revisada.
Determinación - Determinación del Secretariado conforme a los artículos 24.27(2) y 24.27(3) del T-MEC
Autor: Secretariado Fecha: 10/02/2023
Transcurrieron 60 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara a los artículos 24.27(2) y (3). Por lo tanto, el proceso terminó.