Vota el Consejo de la CCA en contra de la elaboración de un expediente de hechos relativo a la petición SEM-10-002
Montreal, a 28 de enero de 2015—El pasado 27 de enero de 2015, el Consejo de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) decidió, por unanimidad y como se asienta en la Resolución de Consejo 15-01, girar instrucciones al Secretariado para que no prepare un expediente de hechos respecto de la petición revisada SEM-10-002 (Estanques de residuos en Alberta), presentada en septiembre de 2010 por las organizaciones Environmental Defence (Canadá) y Natural Resources Defense Council (Estados Unidos), así como por tres particulares canadienses: John Rigney (Fort Chipewyan, Alberta), Don Deranger (Prince Albert, Saskatchewan) y Daniel T’seleie (Yellowknife, Territorios del Noroeste).
La Resolución de Consejo 15-01, junto con la explicación del Consejo de las razones que motivaron su voto en contra de la elaboración de un expediente de hechos, puede consultarse en el registro público correspondiente a la petición SEM-10-002 (Estanques de residuos en Alberta).
El 29 de julio de 2014, el Secretariado recomendó al Consejo de la CCA la elaboración de un expediente de hechos sobre las aseveraciones de los peticionarios en torno a la aplicación por parte de Canadá del inciso 36(3) de la Ley de Pesca (Fisheries Act), de carácter federal, orientado a prevenir la contaminación en cuerpos de agua frecuentados por peces, respecto de presuntos escurrimientos de los estanques de residuos de arenas bituminosas al norte de la provincia de Alberta.
Con arreglo a los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), el Secretariado puede examinar una petición de cualquier persona u organización sin vinculación gubernamental en la que se asevere que una Parte del ACAAN (Canadá, Estados Unidos o México) está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental. A fin de explicar este mecanismo, la CCA publicó sus Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental.
Si desea obtener información más detallada, consulte la página de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental en el sitio web de la CCA: www.cec.org/peticiones.
Acerca de la CCA
La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) es una organización intergubernamental establecida en 1994 por Canadá, Estados Unidos y México en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), convenio paralelo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de medio ambiente. A partir de 2020, con arreglo al nuevo Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), la CCA se rige por el también nuevo Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA), que la reconoce y establece los términos para continuar su funcionamiento. La CCA reúne a una amplia diversidad de interesados —incluidos el público en general, comunidades indígenas, jóvenes, organizaciones no gubernamentales, académicos y empresarios— en busca de soluciones para proteger el medio ambiente compartido de América del Norte y, al mismo tiempo, fomentar un desarrollo sustentable en la región en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
La CCA está regida y financiada a partes iguales por los gobiernos de: Canadá, a través del ministerio federal de Medio Ambiente y Cambio Climático (Environment and Climate Change Canada, ECCC); los Estados Unidos de América, por medio de la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA), y los Estados Unidos Mexicanos, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).