Comunicado de prensa

Solicita el Secretariado de la CCA información adicional sobre una petición que atañe a Canadá y da por terminada otra relativa a Estados Unidos

Montreal, a 8 de noviembre de 2013—El Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) solicitó al gobierno de Canadá información adicional en respuesta a una carta enviada por la Parte afectada en relación con la petición SEM-12-001 (Granjas de salmón de BC). En su petición, los Peticionarios aseveran que Canadá está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental, en particular las disposiciones de la Ley de Pesca (Fisheries Act), de orden federal.

En la misiva, recibida el 7 de octubre de 2013, Canadá informó al Secretariado que había dos procedimientos judiciales en curso en Canadá y que, de continuar con la petición, se duplicarían acciones o se interferiría con estos procedimientos, además de que contravendría el compromiso de Canadá, en apego al artículo 6 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), en relación con “el acceso de los particulares a procedimientos”.

El Secretariado está solicitando ahora a la Parte en cuestión que explique de qué manera los procedimientos judiciales en cuestión se adhieren a la definición de procedimientos pendientes conforme al artículo 45(3) del ACAAN, y en qué forma la elaboración de un expediente de hechos podría interferir con estos procedimientos. Además, el Secretariado solicita información adicional en relación con la aseveración de Canadá de que proseguir con la petición Granjas de salmón de

BC contraviene los compromisos adquiridos por Canadá conforme al artículo 6 del ACAAN.

La información solicitada permitirá al Secretariado determinar si continuar o no con la petición, así como considerar si recomienda la elaboración de un expediente de hechos.

El artículo 21(1) del ACAAN permite al Secretariado solicitar información a las Partes del ACAAN. En respuesta a tal solicitud, la Parte en cuestión debe proporcionar de manera oportuna la información requerida.

Si desea conocer información más detallada, consulte la página de peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental y el registro correspondiente a la petición SEM-12-001 en el sitio web de la CCA: <www.cec.org/peticiones>.

También esta semana, el pasado 5 de noviembre, el Secretariado dio por terminado el proceso de la  petición SEM-13-002 (Emisiones de una refinería en Luisiana), recibida el 3 de julio de 2013.

La Peticionaria, la Louisiana Bucket Brigade, aseveraba que la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA) de Estados Unidos había incurrido en omisiones en la aplicación de la Ley de Aire Limpio (Clean Air Act, CAA) para atender “los riesgos ambientales detectados en la inspección del Plan de Manejo de Riesgos (PMR) de la Refinería ExxonMobil en Baton Rouge, Luisiana, realizada por la propia agencia en julio de 2012”. La Peticionaria manifestaba, asimismo, que el PMR de la refinería no cumplía “con la legislación ambiental de Estados Unidos, en particular, con el apartado CCA(r) del Título 40 del Código de Reglamentos Federales (CFR), Parte 68, sobre prevención de emisiones accidentales [Accidental Release Prevention]”.

El 12 de agosto de 2013, el Secretariado determinó que la petición no cumplía con todos los criterios del artículo 14(1) del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) y otorgó a la Peticionaria 60 días para presentar una repetición revisada, conforme al apartado 6.2 de las Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (las “Directrices”).

El 5 de noviembre de 2013, la Peticionaria notificó al Secretariado que no presentaría una petición revisada “[…] porque el Departamento de Calidad Ambiental de Luisiana (Louisiana Department of Environmental Quality, LDEQ) emitió una resolución al respecto el 23 de agosto de 2013” y dado que “el objeto del proceso SEM es impulsar la aplicación de la legislación en los casos en que tal aplicación no existe y la resolución del LDEQ entraña una medida de aplicación, si bien muy débil”. En virtud de no haber recibido una petición revisada en apego al artículo 14(1) en el periodo pertinente para tal fin, y en conformidad con el apartado 6.3 de las Directrices, el Secretariado da por terminado el proceso relativo a la petición SEM-13-002 (Emisiones de una refinería en Luisiana).

Los artículos 14 y 15 del ACAAN establecen un proceso que permite a cualquier persona u organización no gubernamental presentar al Secretariado de la CCA una petición en la que se asevere que “una Parte [del Acuerdo] está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental”. Para explicar este proceso, la CCA publicó las Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del ACAAN en las que explica estos procedimientos.

En los casos en que así proceda, y con la aprobación del Consejo de la CCA, el Secretariado puede examinar a profundidad el asunto de una petición e integrar con sus hallazgos un expediente de hechos.

Proceso SEM de la CCA

El proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (proceso SEM, por sus siglas en inglés) de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) fomenta la participación ciudadana y el intercambio de información entre gobiernos y ciudadanos en torno a la aplicación efectiva de leyes y reglamentos sobre medio ambiente en Canadá, Estados Unidos y México. Si usted tiene motivos para creer que alguno de los tres países no está aplicando en forma efectiva su legislación ambiental, el proceso SEM puede contribuir a atender sus inquietudes.

Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM de la CCA se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre los tres países de América del Norte (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada país).

¿Desea conocer más acerca del proceso SEM? Le invitamos a ver el siguiente video, de dos minutos de duración, a manera de introducción:

The SEM Process