Comunicado de prensa

Recomienda la CCA investigación en relación con la petición Granjas de salmón de BC

Montreal, a 22 de mayo de 2014. El Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) ha concluido —luego de una minuciosa revisión de la documentación recibida— que se amerita la elaboración de un expediente de hechos en relación con la aplicación de disposiciones de la legislación ambiental canadiense en materia de pesca y contaminación respecto de las granjas de salmón que operan en Columbia Británica, Canadá.

El 12 de mayo de 2014, el Secretariado emitió una notificación en la que recomienda al Consejo de la CCA la elaboración de un expediente de hechos relativo a la petición SEM-12-001 (Granjas de salmón de BC) y ahora está autorizado para hacer pública esta notificación.

La petición fue presentada el 10 de febrero de 2012 por tres organizaciones no gubernamentales —una de Canadá y dos de Estados Unidos—, así como un pueblo indígena de Columbia Británica (en conjunto, “los Peticionarios”), quienes aseveran que Canadá está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de  disposiciones de la Ley de Pesca (Fisheries Act), de alcance federal, en materia de protección del hábitat de peces y prevención de la contaminación respecto de las operaciones de piscicultura del salmón autorizadas por el ministerio de Pesca y Océanos (Department of Fisheries and Oceans) de Canadá en los litorales de Columbia Británica (BC, por sus siglas en inglés).

En su respuesta, Canadá notificó al Secretariado de la CCA sobre dos procedimientos judiciales “pendientes de resolución” —según sostiene la Parte—, con lo cual se justifica dar por terminado el trámite de la petición. El Secretariado evaluó la aseveración de Canadá y, el 7 de mayo de 2014, concluyó que el asunto de la petición es, en efecto, objeto de uno de los litigios, pero únicamente en relación con una de las dos disposiciones ambientales mencionadas en la petición: el artículo 35 de la Ley de Pesca.

Tras examinar la petición a la luz de la respuesta de Canadá, el Secretariado considera que un expediente de hechos abordaría cuestiones centrales abiertas respecto de la aplicación del artículo 36 de la Ley de Pesca en relación con las operaciones de acuicultura del salmón en Columbia Británica. En términos generales, el artículo 36 prohíbe el depósito de sustancias nocivas en aguas frecuentadas por peces, a menos que exista algún reglamento que autorice específicamente tales depósitos. Los Peticionarios aseveran que diversos medicamentos y sustancias químicas se liberan, sin la autorización correspondiente, en las granjas de salmón y aguas circundantes.

El Secretariado procederá a elaborar un expediente de hechos si así lo determinan cuando menos dos miembros del Consejo, órgano rector de la CCA integrado por los funcionarios de medio ambiente de más alto rango de Canadá, Estados Unidos y México. El Consejo de la CCA tiene hasta el 12 de agosto de 2014 para emitir su voto.

Si desea obtener información más detallada, consulte la página de peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental y el registro correspondiente a la petición SEM-12-001 (Granjas de salmón de BC) en el sitio web de la CCA: www.cec.org/peticiones.

Acerca de la CCA

La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) es una organización intergubernamental establecida en 1994 por Canadá, Estados Unidos y México en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), convenio paralelo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de medio ambiente. A partir de 2020, con arreglo al nuevo Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), la CCA se rige por el también nuevo Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA), que la reconoce y establece los términos para continuar su funcionamiento. La CCA reúne a una amplia diversidad de interesados —incluidos el público en general, comunidades indígenas, jóvenes, organizaciones no gubernamentales, académicos y empresarios— en busca de soluciones para proteger el medio ambiente compartido de América del Norte y, al mismo tiempo, fomentar un desarrollo sustentable en la región en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

La CCA está regida y financiada a partes iguales por los gobiernos de: Canadá, a través del ministerio federal de Medio Ambiente y Cambio Climático (Environment and Climate Change Canada, ECCC); los Estados Unidos de América, por medio de la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA), y los Estados Unidos Mexicanos, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

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