Recomienda el Secretariado de la CCA elaborar un expediente de hechos sobre la evaluación del impacto ambiental del Tren Maya, en conformidad con el capítulo 24 del T-MEC
Montreal, 25 de abril de 2023. El 17 de abril de 2023, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) recomendó la elaboración de un expediente de hechos a fin de realizar una investigación en torno al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Tren Maya”, incluidas cuestiones relacionadas con diversos estudios aplicables, la presunta fragmentación de los estudios de impacto ambiental, la autorización de cambio de uso del suelo y la aplicación del mecanismo de denuncia ciudadana en relación con el proyecto.
La recomendación responde a una petición sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental, la petición SEM-22-002 (Tren Maya), presentada por Moce Yax Cuxtal, A. C. y otras organizaciones e individuos (en conjunto, “las Peticionarias”), con arreglo a lo dispuesto en el capítulo 24 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Las Peticionarias aseveran que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental de nivel federal en lo relativo a la construcción del tramo 5 sur del proyecto Tren Maya, en los municipios de Solidaridad y Tulum, en el estado de Quintana Roo, México.
Con una longitud total prevista de alrededor de 1,460 kilómetros, el Tren Maya atravesará los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, y contará con dieciocho estaciones. La petición plantea inquietudes por cuanto a los procesos de evaluación de los impactos ambientales y autorización del tramo 5 sur del proyecto.
Las Peticionarias manifiestan que la construcción del proyecto tendrá un efecto perjudicial en la región debido a que se ubica en una zona kárstica, caracterizada por la presencia de una gran cantidad de fracturas y fallas geológicas, cenotes y depresiones cerradas; la rápida infiltración de agua; la abundancia de cuevas y cavernas, y la ausencia de corrientes superficiales. Además, las Peticionarias arguyen que el tramo 5 sur del Tren Maya ocasionará daños al ecosistema de la región, en particular al sistema subacuático Sac Actun-Dos Ojos, y se refieren a la falta de aplicación efectiva de disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de varias leyes de alcance federal en materia de evaluación del impacto ambiental, cambio de uso de suelo en terrenos forestales, protección de la vida silvestre y calidad del agua.
En su respuesta a la petición, México notificó al Secretariado de la CCA la existencia de procedimientos judiciales y administrativos pendientes de resolverse y proporcionó información sobre el proceso de autorización en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales para el proyecto. El Secretariado concluyó que los procedimientos pendientes no impiden considerar si se justifica la elaboración de un expediente de hechos y, tras examinar la petición a la luz de la respuesta de México, determinó que un expediente de hechos podría esclarecer cuestiones centrales abiertas relativas a la aplicación de las leyes pertinentes por parte de México citadas en la petición. Finalmente, el Secretariado determinó justificada la elaboración de un expediente de hechos.
El Secretariado de la CCA considera que un expediente de hechos puede proporcionar información relativa al carácter preventivo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y su implementación efectiva respecto de la ejecución de obras y actividades en el tramo 5 sur del Tren Maya. En particular, un expediente de hechos puede aportar información acerca de la existencia de diversos estudios de factibilidad, tales como mecánica de suelos, topografía, estudios hidrológicos, prospección de flora y fauna, identificación de zonas susceptibles de colapso, y mitigación de riesgos y daños ecológicos al paisaje kárstico, entre otros, así como también sobre las medidas de conservación, protección y mitigación que se han implementado para hacer frente a los posibles efectos del proyecto.
Asimismo, el Secretariado de la CCA considera que un expediente de hechos puede contribuir a que la ciudadanía comprenda cómo se instrumenta el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en casos en los que un proyecto se fracciona y ejecuta por etapas. Además, puede dar a conocer el modo en que opera el mecanismo de denuncia popular como medio para garantizar la protección y conservación del medio ambiente.
El Secretariado de la CCA elaborará un expediente de hechos si al menos dos miembros del Consejo así lo disponen.
Para obtener información más detallada al respecto, le invitamos a consultar la página de la petición SEM-22-002 (Tren Maya) en el registro público de peticiones de la CCA.
Proceso SEM de la CCA
El proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (proceso SEM, por sus siglas en inglés) de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) fomenta la participación ciudadana y el intercambio de información entre gobiernos y ciudadanos en torno a la aplicación efectiva de leyes y reglamentos sobre medio ambiente en Canadá, Estados Unidos y México. Si usted tiene motivos para creer que alguno de los tres países no está aplicando en forma efectiva su legislación ambiental, el proceso SEM puede contribuir a atender sus inquietudes.
Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM de la CCA se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre los tres países de América del Norte (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada país).
¿Desea conocer más acerca del proceso SEM? Le invitamos a ver el siguiente video, de dos minutos de duración, a manera de introducción: