Publica el Secretariado de la CCA la versión final de un informe independiente en el que se abordan los riesgos ambientales y para la salud atribuibles al comercio de baterías de plomo-ácido usadas en América del Norte
El informe presenta una serie de recomendaciones con medidas específicas en materia de política que los gobiernos de América del Norte podrían emprender para mejorar el manejo de estos desechos tan comunes y potencialmente peligrosos.
Montreal, a 15 de abril de 2013. Este lunes, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) publicó la versión final de su informe independiente: ¿Comercio peligroso? Estudio sobre las exportaciones de baterías de plomo-ácido usadas generadas en Estados Unidos y el reciclaje de plomo secundario en Canadá, Estados Unidos y México. El informe incluye un análisis del comercio transfronterizo de baterías de plomo-ácido usadas (BPAU) y presenta recomendaciones para un monitoreo más eficaz de su manejo al Consejo de la CCA, integrado por el ministro de Medio Ambiente de Canadá, la administradora de la Agencia de Protección Ambiental (EPA) de Estados Unidos y el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México.
Las baterías de plomo-ácido de automóviles y camiones constituyen uno de los productos de consumo que más se recicla a escala mundial por lo valioso del plomo que contienen y porque éste puede procesarse para reúso. La CCA emprendió la elaboración del presente estudio en respuesta a las preocupaciones en cuanto a que algunas empresas estadounidenses exportan baterías usadas para su reciclaje a México y otros países, con el propósito de evitar los costos que supone el cumplimiento de leyes ambientales más estrictas en vigor en Estados Unidos.
“Si no se maneja adecuadamente, el plomo representa un grave riesgo para la salud de los trabajadores, así como de la población infantil y otros miembros de las comunidades que viven cerca de plantas fundidoras. A todos los que tenemos automóvil nos atañe este problema y debemos asegurarnos de que los desechos peligrosos que sometemos a reciclaje están siendo adecuadamente eliminados, sin importar adónde se envían para su procesamiento”, indicó la directora ejecutiva de la CCA, Irasema Coronado.
Entre las principales conclusiones del informe figuran:
- Los respectivos marcos normativos que regulan a las fundidoras secundarias de plomo en Canadá, Estados Unidos y México brindan niveles de protección al medio ambiente y la salud que no son equivalentes. En la actualidad, Estados Unidos cuenta con el marco más estricto, mientras que en México —con vacíos y omisiones importantes en su marco normativo vigente— se observa la mayor brecha respecto de los estándares estadounidenses en ciertos controles y requisitos en materia de emisiones.
- Se calcula que, en el periodo comprendido de 2004 a 2011, las exportaciones netas de BPAU de Estados Unidos a México aumentaron entre 449 y 525 por ciento.
- Una revisión que se realizó de información de la EPA y la Oficina del Censo de Estados Unidos apunta a que en 2011 se exportaron a México 47,352,382 kilogramos de BPAU sin que se les aplicara el código arancelario armonizado adecuado.
Algunas de las recomendaciones del informe establecen los siguientes puntos:
- Las dependencias gubernamentales correspondientes de Canadá y México deben comprometerse a lograr en la industria de la fundición secundaria de plomo niveles de protección ambiental y de la salud funcionalmente equivalentes a los de Estados Unidos.
- Estados Unidos debe exigir el uso de manifiestos para cada envío internacional de BPAU, así como requerir que los exportadores obtengan un certificado de recuperación por parte de la instalación de reciclaje.
- México necesita establecer un sistema integral de monitoreo que mida las emisiones de plomo al aire generadas por cada una de las fundidoras secundarias de plomo en operación en el país.
Para la integración del informe se recurrió a estadísticas del ministerio de Medio Ambiente de Canadá, la EPA y la Oficina del Censo de Estados Unidos, y el gobierno mexicano que detallan el comercio legal de BPAU.
En respuesta a la preparación del informe, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) intensificó sus investigaciones y operaciones: la implementación de un programa especial orientado a abordar este tema se ha traducido en inspecciones, durante 2012 y 2013, a 20 establecimientos autorizados para reciclar BPAU y el decomiso de más de 256 toneladas de BPAU como resultado de la adopción de diversas medidas de aplicación de la legislación ambiental en México.
“México ya está implementando medidas en este sentido, lo cual es un buen augurio para el futuro, y la CCA continuará respaldando las iniciativas de ese país. El manejo de BPAU representa una oportunidad para establecer lazos de cooperación entre las dependencias ambientales de América del Norte, así como elevar los niveles de aplicación y cumplimiento de la respectiva legislación ambiental”, señaló Irasema Coronado.
En términos del artículo 13 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), el Secretariado puede preparar informes independientes para el Consejo de la CCA. En diciembre de 2012 se publicó una versión preliminar del informe: ¿Comercio peligroso? Estudio sobre las exportaciones de baterías de plomo-ácido usadas generadas en Estados Unidos y el reciclaje de plomo secundario en Canadá, Estados Unidos y México, la cual se difundió en el sitio web de la CCA a fin de obtener comentarios públicos.
La CCA recibió comentarios por parte de integrantes de la industria de reciclaje de BPAU, organizaciones sin vinculación gubernamental y dependencias de gobierno (mismos que pueden consultarse en: www.cec.org/bpau), y el 5 de febrero de 2013 el Secretariado presentó al Consejo de la CCA una versión final del documento. Conforme al procedimiento previsto en el artículo 13 del ACAAN, el Consejo cuenta con 60 días, luego de recibido el informe final, para votar si lo pondrá a disposición pública.
Acerca de la CCA
La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) es una organización intergubernamental establecida en 1994 por Canadá, Estados Unidos y México en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), convenio paralelo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de medio ambiente. A partir de 2020, con arreglo al nuevo Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), la CCA se rige por el también nuevo Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA), que la reconoce y establece los términos para continuar su funcionamiento. La CCA reúne a una amplia diversidad de interesados —incluidos el público en general, comunidades indígenas, jóvenes, organizaciones no gubernamentales, académicos y empresarios— en busca de soluciones para proteger el medio ambiente compartido de América del Norte y, al mismo tiempo, fomentar un desarrollo sustentable en la región en beneficio de las generaciones presentes y futuras.
La CCA está regida y financiada a partes iguales por los gobiernos de: Canadá, a través del ministerio federal de Medio Ambiente y Cambio Climático (Environment and Climate Change Canada, ECCC); los Estados Unidos de América, por medio de la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA), y los Estados Unidos Mexicanos, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).