Presenta el Secretariado de la CCA al Consejo proyecto de expediente de hechos sobre la petición Centrales carboeléctricas
Montreal, a 28 de octubre de 2013—El 25 de octubre de 2013, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) entregó al Consejo de la CCA el proyecto de expediente de hechos de la petición SEM-04-005 (Centrales carboeléctricas).
Los gobiernos de los tres países, en su calidad de “Partes” del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), cuentan con un plazo de 45 días hábiles para presentar sus comentarios sobre la exactitud del proyecto de expediente de hechos. El Secretariado incorporará dichos comentarios, según proceda, en la versión final del expediente. Posteriormente, el Consejo podrá, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros, publicar el expediente de hechos final.
Los artículos 14 y 15 del ACAAN incluyen procedimientos por los que cualquier persona u organización no gubernamental puede presentar al Secretariado de la CCA una petición en la que asevere que “una Parte está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental”. Para explicar estos procedimientos, la CCA publicó sus Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental.
En los casos en que así proceda, y con la aprobación del Consejo de la CCA, el Secretariado puede examinar a profundidad el asunto de una petición e integrar un expediente de hechos con sus hallazgos.
Para obtener más información, consulte la página de peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental y el registro correspondiente a la petición SEM-04-005 (Centrales carboeléctricas) en el sitio web de la CCA: www.cec.org/peticiones.
Proceso SEM de la CCA
El proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (proceso SEM, por sus siglas en inglés) de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) fomenta la participación ciudadana y el intercambio de información entre gobiernos y ciudadanos en torno a la aplicación efectiva de leyes y reglamentos sobre medio ambiente en Canadá, Estados Unidos y México. Si usted tiene motivos para creer que alguno de los tres países no está aplicando en forma efectiva su legislación ambiental, el proceso SEM puede contribuir a atender sus inquietudes.
Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM de la CCA se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre los tres países de América del Norte (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada país).
¿Desea conocer más acerca del proceso SEM? Le invitamos a ver el siguiente video, de dos minutos de duración, a manera de introducción: