Publica el Secretariado de la CCA expediente de hechos en torno al proyecto Metrobús Reforma en la Ciudad de México, México
Montreal, 28 de julio de 2023. El 5 de julio de 2023, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) puso a disposición pública el expediente de hechos correspondiente a la petición SEM-18-002 (Metrobús Reforma), luego de que el Consejo de la CCA votara de forma unánime a favor de su publicación. Los expedientes de hechos constituyen el paso final en el proceso de peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental (SEM, por sus siglas en inglés), mecanismo de la CCA que permite a ciudadanos, organizaciones y entidades de Canadá, Estados Unidos y México expresar sus inquietudes respecto de la aplicación efectiva de leyes y reglamentos en materia de medio ambiente en cualquiera de los tres países de América del Norte.
El expediente de hechos es el resultado de una petición presentada en 2018 por dos organizaciones sin vinculación gubernamental, Academia Mexicana de Derecho Ambiental, A.C. y La Voz de Polanco, A.C., que aseveraron que autoridades federales mexicanas, el gobierno de la Ciudad de México y tres de sus alcaldías incurrieron en omisiones en la aplicación efectiva de la legislación ambiental en relación con los permisos otorgados para la construcción de la Línea 7 del Corredor de Transporte Público Colectivo de Pasajeros “Metrobús Reforma” de la Ciudad de México.
En su decisión de proceder con la elaboración de un expediente de hechos relativo a la petición Metrobús Reforma, emitida en diciembre de 2020, el Consejo de la CCA giró instrucciones al Secretariado para preparar dicho expediente de hechos en torno a las aseveraciones planteadas por las Peticionarias sobre presuntas deficiencias en la manifestación de impacto ambiental (MIA) del proyecto.
Al respecto, los resultados del análisis de información de dominio público efectuado por el Secretariado —plasmados en el expediente de hechos relativo a la petición Metrobús Reforma publicado el día 5 de julio— revelan lo siguiente:
- La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la Ciudad de México aprobó de manera condicional la construcción de la Línea 7-Metrobús Reforma, supeditando los trabajos de preparación del sitio y construcción a la presentación y aprobación de la documentación pendiente y solicitada (a saber, la memoria descriptiva del proyecto, planos de estaciones terminales, inversión requerida, levantamiento forestal, plano general del proyecto, plan de manejo de residuos sólidos y estimación de emisiones contaminantes a la atmósfera durante las fases de construcción, operación y mantenimiento, entre otros elementos).
- El Secretariado encontró que la promovente del proyecto, la Secretaría de Obras y Servicios (Sobse) de la Ciudad de México, presentó ante la Sedema parte de la documentación requerida a finales de 2016 y principios de 2017. En abril de 2017, la Sedema halló insuficiente la documentación presentada y determinó que las obras no se iniciarían hasta corregirse las deficiencias.
- El Secretariado no logró determinar la fecha precisa de inicio de obras del proyecto Metrobús Reforma, toda vez que en diversos documentos de dominio público se mencionan fechas de arranque disímiles (1 de diciembre de 2016, 23 de enero de 2017 y 30 de enero de 2017). El Secretariado tampoco pudo identificar información adicional que permitiera sustentar el cumplimiento por parte de la Sobse, a finales de 2016 o principios de 2017, de la condicionante establecida por cuanto a presentar toda la documentación requerida para el inicio de las obras conforme a la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Sedema.
El texto íntegro del expediente de hechos puede consultarse en el registro público de peticiones, en el sitio web de la CCA.
Cabe destacar que la petición SEM-18-002 (Metrobús Reforma) y el expediente de hechos en cuestión se prepararon y trataron con apego al proceso SEM establecido en términos del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), convenio paralelo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de medio ambiente, aunque debe observarse que, las peticiones recibidas a partir del 1 de julio de 2020 se procesan ahora en conformidad con las disposiciones previstas en el nuevo Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en vigor desde esa misma fecha.
Proceso SEM de la CCA
El proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (proceso SEM, por sus siglas en inglés) de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) fomenta la participación ciudadana y el intercambio de información entre gobiernos y ciudadanos en torno a la aplicación efectiva de leyes y reglamentos sobre medio ambiente en Canadá, Estados Unidos y México. Si usted tiene motivos para creer que alguno de los tres países no está aplicando en forma efectiva su legislación ambiental, el proceso SEM puede contribuir a atender sus inquietudes.
Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM de la CCA se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre los tres países de América del Norte (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada país).
¿Desea conocer más acerca del proceso SEM? Le invitamos a ver el siguiente video, de dos minutos de duración, a manera de introducción: