CEC hero image, a photo of Array

Resolución de Consejo 05-05

Resolución de Consejo 05-05

Distribución: General

C/C.01/05/RES/05/Final

ORIGINAL: Inglés

9 de junio de 2005

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental respecto de la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva del artículo 150 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y los artículos 414 y 415 del Código Penal Federal (CPF) (SEM-03-004).

EL CONSEJO:

EN APOYO del proceso previsto en los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) relativo a las peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental y la elaboración de expedientes de hechos;

CONSIDERANDO las peticiones presentadas el 25 de noviembre de 2002 y el 17 de junio de 2003 por el señor Ángel Lara García, y la respuesta ofrecida por el gobierno de México el 4 de diciembre de 2003;

HABIENDO EXAMINADO la notificación del Secretariado al Consejo del 23 de agosto de 2004, en la que se recomienda elaborar un expediente de hechos relativo a la petición;

REAFIRMANDO que el proceso de expedientes de hechos se enfoca en examinar hechos relativos a aseveraciones de que una Parte está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental, y no la eficacia misma de la ley en cuestión;

RECONOCIENDO que una Parte, en su respuesta al Secretariado relativa a una petición, no está en posición de responder a aseveraciones o asuntos no planteados en dicha petición;

NOTANDO que el artículo 161 de la LGEEPA no fue mencionado por el Peticionario, sino por el Secretariado;

NOTANDO ADEMÁS que, entre otras cuestiones, la petición alega un historial prolongado de emisiones de sustancias químicas tóxicas, así como la continuación de tales emisiones luego de que el gobierno de México emprendiera medidas de aplicación en 2001;

POR LA PRESENTE DECIDE DE MANERA UNÁNIME:

GIRAR INSTRUCCIONES al Secretariado para que elabore un expediente de hechos en términos del artículo 15 del ACAAN y de las Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte respecto de los puntos planteados en la petición, tomando en cuenta las consideraciones arriba señaladas;

ENCOMENDAR al Secretariado que presente a las Partes su plan general de trabajo para recopilar los hechos relevantes, y que les brinde la oportunidad de emitir comentarios al respecto; y

ENCOMENDAR TAMBIÉN al Secretariado que, en la elaboración del expediente de hechos, puede incluir hechos pertinentes anteriores a la entrada en vigor del ACAAN, el 1 de enero de 1994.

APROBADA POR EL CONSEJO:

 

____________________________________

Judith E. Ayres

Gobierno de los Estados Unidos de América

 

____________________________________

José Manuel Bulás Montoro

Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

 

____________________________________

David McGovern

Gobierno de Canadá

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental respecto de la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva del artículo 150 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y los artículos 414 y 415 del Código Penal Federal (CPF) (SEM-03-004).